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Comisión 5:Inducción para el personal ingresante a la planta permanente
Conforme a lo establecido por el artículo 24 del Convenio Colectivo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), Decreto 2098/08, el personal ingresante al régimen de estabilidad deberá satisfacer las exigencias de capacitación previstas en los artículos citados, las que corresponderán como mínimo y en relación al nivel escalafonario del empleado, al ejercicio de funciones de jefatura si fuera el caso, al conocimiento referido a las normas de empleo y ética pública, del referido Convenio General y del presente convenio sectorial, de las responsabilidades, acciones y planes de la Jurisdicción o entidad descentralizada y unidad organizativa de destino y, cuando se presten servicios de atención al público, de las normas y estilos para su debido trato.
Comisión 33 | Martes de 10 a 12hs.
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 36 | Semipresencial
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 37 | Martes de 10 a 12hs.
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 38 | Semipresencial
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 39 | Jueves 16 a 18hs.
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 40 | Semipresencial
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 41 | Martes de 10 a 12hs.
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 42 | Semipresencial
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Comisión 43 | Jueves 16 a 18hs
"Ley Micaela - Gestión Pública y Ejercicio Político con Perspectiva de Género" busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de género dentro de la Administración Pública Nacional.
Inducción para el personal ingresante a la planta permanente - Comisión 3
Conforme a lo establecido por el artículo 24 del Convenio Colectivo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), Decreto 2098/08, el personal ingresante al régimen de estabilidad deberá satisfacer las exigencias de capacitación previstas en los artículos citados, las que corresponderán como mínimo y en relación al nivel escalafonario del empleado, al ejercicio de funciones de jefatura si fuera el caso, al conocimiento referido a las normas de empleo y ética pública, del referido Convenio General y del presente convenio sectorial, de las responsabilidades, acciones y planes de la Jurisdicción o entidad descentralizada y unidad organizativa de destino y, cuando se presten servicios de atención al público, de las normas y estilos para su debido trato.
Inducción para el personal ingresante a la planta permanente - Comisión 4
Conforme a lo establecido por el artículo 24 del Convenio Colectivo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), Decreto 2098/08, el personal ingresante al régimen de estabilidad deberá satisfacer las exigencias de capacitación previstas en los artículos citados, las que corresponderán como mínimo y en relación al nivel escalafonario del empleado, al ejercicio de funciones de jefatura si fuera el caso, al conocimiento referido a las normas de empleo y ética pública, del referido Convenio General y del presente convenio sectorial, de las responsabilidades, acciones y planes de la Jurisdicción o entidad descentralizada y unidad organizativa de destino y, cuando se presten servicios de atención al público, de las normas y estilos para su debido trato.